No. El único requisito es que la solicitud de cancelación sea firmada con un certificado de sello digital (CSD) vigente, generado por el SAT para el RFC emisor del comprobante fiscal. No es necesario que sea el mismo CSD que se utilizó para emitir el CFDI originalmente, pues dicho CSD pudo haber expirado y reemplazado por uno nuevo.
El certificado de sello digital (CSD) que se usa para solicitar la cancelación de un CFDI ¿debe ser el mismo que se usó al emitirlo?
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